RESOLUCIÓN IUE/2547/2010, de 20 de julio, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración para el desarrollo del Plan de competitividad turística de la Tárraco Romana, entre el Instituto de Turismo de España, el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, el Consorcio para la Gestión del Plan de Competitividad Turística de la Tárraco Romana, y la Federación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Provincia de Tarragona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IUE/2547/2010, de 20 de julio, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración para el desarrollo del Plan de competitividad turística de la Tárraco Romana, entre el Instituto de Turismo de España, el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, el Consorcio para la Gestión del Plan de Competitividad Turística de la Tárraco Romana, y la Federación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Provincia de Tarragona.

En fecha 23 de noviembre de 2009, se firmó un convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, el Consorcio para la Gestión del Plan de Competitividad Turística de la Tárraco Romana, y la Federación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Provincia de Tarragona, para el desarrollo del Plan de competitividad turística de la Tárraco Romana, en el ámbito territorial de Cataluña. El presente Convenio ha sido inscrito en el Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalidad de Cataluña con el código 2009/2/051.

Visto lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, y del artículo 9 del Decreto 52/2005, de 5 de abril, de creación y regulación del Registro de convenios de colaboración y cooperación, sobre la publicación al DOGC de los convenios de colaboración con la Administración del Estado,

Resuelvo:

Hacer público el Convenio de colaboración, de 23 de noviembre de 2009, entre el Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, el Consorcio para la Gestión del Plan de Competitividad Turística de la Tárraco Romana, y la Federación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Provincia de Tarragona, que se transcribe en el anexo de esta Resolución.

Barcelona, 20 de julio de 2010

Josep Huguet i Biosca

Consejero de Innovación, Universidades y Empresa

Anexo

Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, el Consorcio para la Gestión del Plan de Competitividad Turística de la Tárraco Romana, y la Federación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Provincia de Tarragona, para el desarrollo del Plan de competitividad turística de la Tárraco Romana

A Tarragona, 23 de noviembre de 2009

Reunidos

D. Joan Mesquida Ferrando, secretario de Estado de Turismo y presidente del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), nombrado por Real decreto 560/2008, de 21 de abril, que actúa de conformidad con lo previsto en la disposición adicional 13ª de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El Hble. Sr. D. Josep Huguet i Biosca, consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, nombrado por el Decreto 423/2006, de 28 de noviembre, en representación de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.a) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; una vez autorizada la suscripción de este convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña, de fecha 6 de octubre de 2009.

El Ilmo. Sr. D. Sergi de los Rios Martínez, presidente del Consorcio para la Gestión del Plan de Competitividad Turística de la Tárraco Romana, nombrado por Acuerdo del Pleno de fecha 31 de marzo de 2009, que actúa en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.2 de los estatutos del Consorcio; facultado para la suscripción del presente Convenio por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de julio de 2009,

Y D. Josep Martí i Seró, presidente de la Federación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Provincia de Tarragona, en virtud del acuerdo de nombramiento de fecha 7 de junio de 2006, conforme al artículo 27 del Estatuto de la Asociación que le otorga potestad para la firma de este Convenio, de acuerdo con la voluntad expresada de colaborar con las administraciones en el desarrollo de este proyecto turístico.

Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas Instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,

Exponen:

  1. Que la Administración General del Estado en virtud de las competencias reservadas al Estado por el Artículo 149.1.13ª de la Constitución (bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación, ha elaborado el Plan del Turismo Español Horizonte 2020, aprobado por la Conferencia Sectorial de Turismo y por el Consejo de Ministros los días 7 y 8 de noviembre de 2007, respectivamente, persigue lograr que en el año 2020 el sistema turístico español sea el más competitivo y sostenible, aportando el máximo de bienestar social.

  2. Que al Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) compete el desarrollo de los planes y programas que promuevan la innovación, la calidad, la sostenibilidad y la competitividad de los productos y destinos turísticos, conforme al artículo 2.1.b) del Real decreto 561/2009, de 8 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España, en la redacción dada a dicho precepto por la disposición final 4ª del Real decreto 1182/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

  3. Que el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, en virtud de la competencia exclusiva en materia de turismo, atribuida por el artículo 171 del Estatuto de autonomía de la Comunidad Autónoma de Cataluña, ha desarrollado, asimismo en el ejercicio de sus competencias, diferentes actuaciones con la finalidad de mejorar la situación turística de la Comunidad Autónoma, para promover planes, programas y normas para la modernización y adecuación de la industria turística a las tendencias de la demanda.

  4. Que el Consorcio para la gestión del plan de competitividad turística de la Tárraco romana, en virtud de las competencias que le atribuye la Ley 7/1985 reguladora de las bases del régimen local, de 2 de abril, ha elaborado diversos proyectos para la mejora turística de los municipios de Altafulla, Constantí, Roda de Barà y Tarragona, en relación con las líneas estratégicas y los programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña.

  5. Que la Federación empresarial de hostelería y turismo de la provincia de Tarragona considera que, sólo a través de la estrecha colaboración entre todos los agentes implicados, será posible potenciar los recursos y productos turísticos que son objeto del presente convenio.

  6. Que uno de los objetivos del Plan del Turismo Español Horizonte 2020 es revalorizar aquellos recursos que fomenten el equilibrio socio-territorial del turismo, creando nuevas categorías de producto capaces de operar todo el año sobre la base de la diferenciación y especialización de los destinos turísticos.

    En desarrollo de este objetivo, la Mesa de Directores Generales de Turismo, celebrada en Oviedo el 20 de mayo de 2008, adoptó el documento denominado "Bases para el desarrollo del programa de desestacionalización y reequilibrio territorial", en desarrollo del Plan de Turismo Español 2008-2012, cuyas líneas de actuación son las siguientes:

    Identificar diferentes oportunidades y recursos de alta potencialidad turística, que se orienten a la desestacionalización y reequilibrio socio-territorial.

    Desarrollo de programas de actuación público-privado cofinanciados que integren a diferentes administraciones competentes y el sector empresarial, en zonas o comarcas turísticas, sobre la base de rutas y productos temáticos experienciales, que vertebren territorialmente recursos culturales y naturales de alto potencial con la oferta de servicios turísticos.

    Impulsar Planes de Competitividad de destinos de proyección internacional para la especialización de los mismos en productos turísticos con potencial de desestacionalización.

    Desarrollo de un modelo de colaboración y cooperación en red entre los destinos participantes en el programa para el refuerzo global de los diferentes productos a nivel nacional.

  7. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en las relaciones entre la Administración General del Estado y la Administración de las comunidades autónomas, el contenido del deber de colaboración, regulado en el titulo I de la Ley, se desarrollará a través de los instrumentos y procedimientos que de manera común y voluntaria establezcan tales Administraciones.

    Según el artículo 6 de la misma Ley, la Administración General del Estado podrá celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las administraciones de las comunidades autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias.

    Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 30/1992, en relación con el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, las relaciones entre la Administración General del Estado con las entidades locales podrán articularse a través de convenios de colaboración, como el presente.

  8. Que la Conferencia Sectorial de Turismo celebrada en Madrid, el 9 de diciembre de 2008, ratificó la aprobación de 17 nuevos planes de competitividad del producto turístico, uno de los cuales es objeto de este convenio.

    En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

    Cláusulas

    Primera

    Objeto

    El presente Convenio...

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