RESOLUCIÓN TRI/4494/2006, de 22 de mayo, por la quese dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo dela empresa Sabilialov, SL, para el período 1.5.2004-30.4.2008 (código deconvenio núm. 08008591).

Extracto


RESOLUCIÓN TRI/4494/2006, de 22 de mayo, por la quese dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo dela empresa Sabilialov, SL, para el período 1.5.2004-30.4.2008 (código deconvenio núm. 08008591).

RESOLUCIÓN

TRI/4494/2006, de 22 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Sabilialov, SL, para el período 1.5.2004-30.4.2008 (código de convenio núm. 08008591).

Visto el texto del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Sabilialov, SL, suscrito por los representantes de la empresa y por los de sus trabajadores el día 14 de marzo de 2006 y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de Autonomía de Cataluña; el Real decreto 2342/1980, de 3 de octubre, sobre transferencia de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Decreto 326/1998, de 24 de diciembre, de reestructuración de las delegaciones territoriales del Departamento de Trabajo; el Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad, modificado por el Decreto 223/2004, de 9 de marzo, de reestructuración de órganos territoriales de la Administración de la Generalidad,

Resuelvo:

.1  Disponer la inscripción del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Sabilialov, SL, para el período 1.5.2004-30.4.2008 (código de convenio núm. 0811582) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria en Barcelona.

.2  Disponer que el texto mencionado se publique en el DOGC.

Barcelona, 22 de mayo de 2006

Salvador Álvarez Vega

Director de los Servicios Territoriales

en Barcelona en funciones

Transcripción literal del texto firmado por las partes

CONVENIO

colectivo de la empresa Sabilialov, SL, para el período 1.05.2004-30.04.2008

Capítulo 1

Disposiciones generales

Artículo 1

Objeto

El objeto de este acuerdo de empresa es la regulación de las relaciones laborales en la empresa Sabilialov, SL, dadas las características especiales de un restaurante de servicio rápido con franquicia por McDonald's.

Artículo 2

Ámbito

El ámbito de actuación de este Convenio se circunscribe al personal tanto fijo como temporal que preste sus servicios en cualquier centro de trabajo de la empresa Sabilialov, SL, actual y de futura creación.

Artículo 3

Duración

El periodo de vigencia de este Convenio es de 4 años, desde el día 1 de mayo del 2004 hasta el 30 de abril del 2008.

El Convenio quedará prorrogado tácitamente por periodos de 1 año si no se denuncia para su revisión o rescisión como mínimo 3 meses antes de la fecha de su vencimiento inicial o de cualquiera de sus sucesivas prórrogas.

Artículo 4

Revisión salarial

La retribución estará constituida por el salario para cada categoría, según se indica en los anexos. Las retribuciones se harán efectivas mensualmente mediante el preceptivo modelo oficial de recibo de salarios, no siendo preceptiva la firma del trabajador/a en los casos en que se efectué el pago mediante transferencia bancaria.

Incremento salarial del primer año de vigencia:

Con efectos desde el día 1 de mayo del 2004 hasta el 30 de abril del 2005 serán de aplicación los salarios que figuran en los anexos correspondientes a las zonas de Barcelona y Maresme, lo que supone un incremento del 3% sobre los vigentes a 30 de abril de 2004.

En el caso de que el índice de precios al consumo (IPC) establecido por el INE registrase a 30 de abril de 2005, un incremento respecto al día 30 de abril del 2004 superior...

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