Extracto
ANUNCIO de información pública del proyecto constructivo de colectores en alta para el saneamiento de los municipios de Verges, Colomers y Jafre y de la lista de los bienes y derechos afectados por las obras (clave S-AA-00862-P).
ANUNCIO de información pública del proyecto constructivo de colectores en alta para el saneamiento de los municipios de Verges, Colomers y Jafre y de la lista de los bienes y derechos afectados por las obras (clave S-AA-00862-P). La Agencia Catalana del Agua, mediante la Resolución de 18 de noviembre de 2003 y en cumplimiento de las disposiciones vigentes, ha acordado la apertura de un período de exposición pública a los efectos de examen, rectificación y presentación de reclamaciones del proyecto constructivo de colectores en alta para el saneamiento de los municipios de Verges, Colomers y Jafre, en los términos municipales de Verges, Colomers y Jafre (Baix Empordà), clave S-AA-00862-P, el cual estará a disposición del público durante un plazo de un mes contado a partir del día de la publicación de este Anuncio en el DOGC, en horas de oficina, en las dependencias siguientes: Agencia Catalana del Agua, calle Provença, 204-208, 08036 Barcelona. Ayuntamiento de Verges, calle La Placeta, 1, 17142 Verges. Ayuntamiento de Colomers, plaza Vila, 1, 17144 Colomers. Ayuntamiento de Jafre, plaza Major, 1, 17143 Jafre. Delegación Territorial de la Agencia Catalana del Agua de Girona, calle Ciutadans, 11, 17004 Girona. Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de Girona, calle Ultònia, 10-12, 17002 Girona. Dentro de este plazo, los particulares, las entidades y los organismos afectados por la ejecución de las obras proyectadas pueden presentar en las dependencias indicadas los escritos de alegaciones que consideren pertinentes en relación con el trazado, las características y el objeto del proyecto, y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Dado que el proyecto que se somete a información pública contiene una lista concreta e individualizada de los bienes y derechos que son considerados de expropiación necesaria, y de acuerdo con lo que establece el párrafo segundo del artículo 17 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y otros artículos concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957, cualquier persona interesada o titular de derechos reales e intereses económicos sobre los bienes afectados también puede, dentro del plazo establecido en esta información pública, formular alegaciones por escrito al efecto de corregir los posibles errores que se hayan producido en la confección de la lista de los bienes y derechos afectados, que se publica anexa, u oponerse motivadamente a la necesidad de ocupación, de acuerdo con lo que establece la legislación vigente. Barcelona, 15 de enero de 2004 Isabel Gandullo i Sarró Jefa del Departamento de Expropiaciones y Servicios Afectados Anexo Térmi...
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