RESOLUCIÓN EDU/3250/2009, de 17 de noviembre, por la que se hace pública para cada cuerpo de catedráticos la lista única de aspirantes seleccionados, ordenada según la puntuación total del baremo.

Extracto


RESOLUCIÓN EDU/3250/2009, de 17 de noviembre, por la que se hace pública para cada cuerpo de catedráticos la lista única de aspirantes seleccionados, ordenada según la puntuación total del baremo.

RESOLUCIÓN

EDU/3250/2009, de 17 de noviembre, por la que se hace pública para cada cuerpo de catedráticos la lista única de aspirantes seleccionados, ordenada según la puntuación total del baremo.

De conformidad con lo que disponen las bases 7.2 y 8 del anexo 1 de la Resolución EDU/417/2009, de 23 de febrero (DOGC núm. 5326, de 25.2.2009), por la que se hace pública una convocatoria del concurso de méritos para el acceso a los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, de artes plásticas y diseño y de escuelas oficiales de idiomas, modificada por la Resolución EDU/616/2009, de 5 de marzo (DOGC núm. 5337, de 12.3.2009), y una vez resueltas las reclamaciones por posibles errores incluidos en las listas provisionales de los aspirantes seleccionados y no seleccionados;

A propuesta de la Dirección General de Recursos del Sistema Educativo,

Resuelvo:

.1 Hacer pública para cada cuerpo de catedráticos la lista única de aspirantes seleccionados, ordenada según la puntuación total del baremo, una vez aplicados los criterios para resolver los empates que prevé la base 7.1.2 de la convocatoria, donde también se incluye la puntuación obtenida en los apartados 1, 2 y 3 del baremo. Estas listas constan como anexo a esta Resolución.

A efectos informativos se podrán consultar en la página de internet del Departamento de Educación http://www.gencat.cat/educacio (seguir el itinerario: Oposiciones y concursos | Profesorado | Acceso a cuerpos de catedráticos y catedráticas), las listas de los aspirantes seleccionados y no seleccionados, donde constarán para cada aspirante las puntuaciones de todos los méritos desglosados en apartados y subapartados.

.2 Tal como prevé la base 5.10 de la convocatoria, el Departamento de Educación puede incrementar hasta un 10% el total de plazas correspondientes a la oferta de ocupación pública aprobada por el Acuerdo GOV/28/2009, de 17 de febrero (DOGC núm. 5324, de 23.2.2009), por el que se aprueba la oferta de ocupación pública parcial para el año 2009, de 735 plazas de los cuerpos de catedráticos, con el fin de poder cubrir las vacantes que se han producido por jubilación o excedencia hasta el día 31 de agosto de 2009 y con el fin de resolver los recursos de reposición contra la lista definitiva de seleccionados que puedan suponer la incorporación de nuevos seleccionados para corregir errores materiales y de hecho.

En consecuencia, el número de plazas iniciales de la oferta de ocupación se incrementa en cada cuerpo hasta llegar a la siguiente distribución total por cuerpos que se detalla a continuación:

Cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria: 756 plazas.

Cuerpo de catedráticos de escuelas oficiales de idiomas: 24 plazas.

Cuerpo de catedráticos de artes plásticas y diseño: 14 plazas.

.3 La Dirección General de Recursos del Sistema Educativo hará el trámite necesario para que el Ministerio de Educación nombre funcionarios de carrera de los cuerpos correspondientes a los aspirantes que hayan sido seleccionados. Este nombramiento, de acuerdo con el que se establece al punto 2 del Acuerdo GOV/28/2009, de 17 de febrero, por el que se aprueba la oferta de ocupación pública parcial para el año 2009, de 735 plazas de los cuerpos de catedráticos, y la base 8 de la convocatoria, tendrá efectos desde el día 1 de septiembre de 2009.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Asimismo, pueden interponer de forma potestativa recurso de reposición, también de manera telemática mediante el mismo procedimiento que les ha permitido consultar el baremo de méritos, previo al recurso contencioso administrativo, ante el consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

En el caso de interponer recurso de reposición, el aspirante, mediante el procedimiento telemático, tendrá que motivar y argumentar su reclamación haciendo referencia a los servicios territoriales o Consorcio de Educación de Barcelona donde entregó la documentación justificativa de los méritos objeto de la misma, de manera que no tendrá que presentar otra vez esta documentación.

Barcelona, 17 de noviembre de 2009

Ernest Maragall i Mira

Consejero de Educación

Anexo

N: Número de orden.

A1: Apartado 1, máximo 5,5000 puntos.

A2: Apartado 2, máximo 3,0000 puntos.

A3: Apartado 3, máximo 3,0000 puntos.

P: Punt...

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