ACUERDO 17/2014, de 19 de febrero, del Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña, por el que se amplía el plazo para resolver el concurso público para la adjudicación de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia de titularidad privada en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorCONSEJO DEL AUDIOVISUAL DE CATALUÑA
Rango de LeyAcuerdo

Hechos

Mediante el Acuerdo 66/2013, de 15 de mayo, el Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña aprobó las bases del concurso público para la adjudicación de 23 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia de titularidad privada en Cataluña, siendo publicado el anuncio de licitación en el DOGC núm. 6386, de 30 de mayo de 2013.

De acuerdo con la base undécima del concurso público para la adjudicación de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia de titularidad privada en Cataluña, el concurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el DOGC, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAP).

Mediante el Acuerdo 153/2013, de 27 de noviembre, el Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña amplió, por un máximo de 3 meses, el plazo para resolver y notificar el concurso público para la adjudicación de 23 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia de titularidad privada en Cataluña.

Consideraciones jurídicas

Según lo establecido en el artículo 42.1 de la LRJPAP, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. En este sentido, en la cláusula undécima de las bases que rigen el concurso público para la adjudicación de 23 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia de titularidad privada en Cataluña se prevé que el concurso “deberá ser resuelto en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el DOGC, sin perjuicio de lo dispuesto en la LRJPAP”.

En el artículo 42.6 de la LRJPAP se determina que [...] “Excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes y sólo una vez agotados todos los medios a disposición posibles. De acordarse, finalmente, la ampliación del plazo máximo, éste no puede ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento. Contra el acuerdo que...

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