ORDEN ARP/27/2002, de 30 de enero, por la que se fija el procedimiento para la tramitación de las ayudas a los productores de ganado bovino, ovino y cabrío, establecidas por las respectivas organizaciones comunes de mercado, para el año 2002. Los reglamentos CE 1254/1999, y 2529/2001, del Consejo, establecen la organización común de mercados en...

Extracto


ORDEN ARP/27/2002, de 30 de enero, por la que se fija el procedimiento para la tramitación de las ayudas a los productores de ganado bovino, ovino y cabrío, establecidas por las respectivas organizaciones comunes de mercado, para el año 2002. Los reglamentos CE 1254/1999, y 2529/2001, del Consejo, establecen la organización común de mercados en...

ORDEN

ARP/27/2002, de 30 de enero, por la que se fija el procedimiento para la tramitación de las ayudas a los productores de ganado bovino, ovino y cabrío, establecidas por las respectivas organizaciones comunes de mercado, para el año 2002.

Los reglamentos CE 1254/1999, y 2529/2001, del Consejo, establecen la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno y en el sector de la carne de ovino y cabrío, respectivamente.

Asimismo, los reglamentos CE 2419/2001 y 2550/2001, de la Comisión, regulan una serie de normas de aplicación y control de los regímenes de ayudas y el Reglamento CE 1259/1999, del Consejo, establece las disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común.

Sin perjuicio de la aplicación directa de los reglamentos comunitarios que establecen las mencionadas ayudas, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca considera necesario, para una mejor comprensión e información a los interesados, regular su aplicación dentro del ámbito territorial, en lo que concierne a los plazos, las condiciones y los procedimientos relativos a la solicitud y a la concesión de las ayudas.

Por eso, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene como objeto establecer la normativa aplicable a los regímenes de ayudas comunitarias siguientes:

a) La prima en beneficio de los productores de ovino y de cabrío que establece el artículo 4 del Reglamento CE 2529/2001.

b) La prima en beneficio de los productores que mantengan en su explotación vacas nodrizas, que establece el artículo 6.1 del Reglamento CE 1254/1999, del Consejo.

c) La prima especial a los productores de carne de vacuno que establece el artículo 4.1 del Reglamento CE 1254/1999, del Consejo.

d) La prima por el sacrificio de bovinos, que establece el artículo 11 del Reglamento CE 1254/1999, del Consejo.

e) El pago por extensificació que establece el artículo 13.1 del Reglamento CE 1254/1999, del Consejo.

Artículo 2

Presentación de la solicitud

2.1  La solicitud de cualquiera de las ayudas correspondientes a las letras a), b) y e) del artículo 1 de esta Orden deberá r...

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