ORDEN IUE/189/2007, de 29 de mayo, sobre la convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico.

Extracto


ORDEN IUE/189/2007, de 29 de mayo, sobre la convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico.

ORDEN

IUE/189/2007, de 29 de mayo, sobre la convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico.

El Estatuto de autonomía de Cataluña, en el artículo 171.f), en relación con el 114, señala que corresponde a la Generalidad de Cataluña, a través de sus órganos competentes, la fijación de los criterios, la regulación de las condiciones y la ejecución y el control de las líneas públicas de apoyo y de promoción del turismo.

El Plan estratégico del turismo en Cataluña 2005-2010 tiene como objetivo convertir Cataluña en destino líder y referente mundial del sector turístico. Propone al conjunto de los agentes y operadores del mercado un modelo turístico competitivo, sostenible y de calidad a partir del equilibrio territorial, la identidad cultural, la diversificación de la oferta, la orientación a la demanda, la desestacionalización y la innovación de producto, para hacer del turismo una actividad generadora de riqueza y de ocupación al servicio de la ciudadanía que respete el patrimonio histórico, arquitectónico, cultural y paisajístico del país.

El Plan de desarrollo turístico (PLADETUR) del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa es una herramienta al servicio de los agentes turísticos que desarrolla una parte de las líneas de actuación definidas en el Plan estratégico de turismo en Cataluña 2005-2010.

El PLADETUR es un instrumento concebido para contribuir a la consecución de los objetivos fijados por el Plan estratégico del turismo en Cataluña 2005-2010 mediante la potenciación del sector turístico, la mejora de la atractividad de los destinos catalanes, la creación de nuevos productos turísticos, el impulso de la iniciativa privada, así como el fomento de la desestacionalización, la diversificación de la oferta y la calidad. En este sentido, el PLADETUR pone al servicio de los diferentes agentes públicos y privados del sector turístico catalán un conjunto de programas de incentivos individuales y colectivos para favorecer que las empresas y los destinos turísticos catalanas mejoren su competitividad.

Para garantizar que los incentivos se conceden con criterios de publicidad y de libre concurrencia y de acuerdo con lo que establecen los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Convocatoria

Abrir la convocatoria para la concesión de incentivos de los programas del Plan de desarrollo turístico de Cataluña.

Artículo 2

Contenido de las bases reguladoras

2.1 Aprobar las bases de los programas que regirán esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

2.2 En las bases anexas se regulan, entre otros, los aspectos siguientes:

El plazo para presentar la documentación.

El procedimiento de concesión.

Los órganos competentes para la instrucción y resolución de las solicitudes de incentivos, y el plazo para su conclusión.

Los criterios objetivos de otorgamiento del incentivo.

El medio de notificación de la resolución y si ésta pone fin a la vía administrativa con indicación de los recursos que se pueden interponer y los órganos ante los que se deben plantear.

2.3 Las bases reguladoras se compon...

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