DECRETO 196/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración parcial del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.

Extracto


DECRETO 196/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración parcial del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.

DECRETO

196/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración parcial del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.

El Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, modificó la estructura organizativa de la Generalidad, lo cual implicó un cambio en el marco competencial de diferentes departamentos.

La Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, atribuye a la Generalidad nuevas competencias en materia de planificación territorial y movilidad.

Mediante el Decreto 567/2006, de 19 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, se han creado nuevas unidades directivas adscritas a la Secretaría para la Planificación Territorial y a la Secretaría para la Movilidad, para asumir las nuevas responsabilidades del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.

Como consecuencia de la creación de las nuevas unidades directivas es necesario, por una parte, dotarlas de la estructura orgánica adecuada para desarrollar las competencias asignadas y, de la otra, adaptar la estructura de las unidades ya existentes con el fin de ajustarse a la nueva organización departamental.

En consecuencia, de acuerdo con lo que prevé la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del consejero de Política Territorial y Obras Públicas, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Capítulo 1

Secretaría para la Movilidad

Sección 1

Secretaría para la Movilidad

Artículo 1

Secretaría para la Movilidad

1.1 La Secretaría para la Movilidad, con rango orgánico de secretaría general, tiene las funciones siguientes:

a) La coordinación de las políticas y de las estrategias en materia de movilidad.

b) La definición de las estrategias en política de infraestructuras relacionadas con la movilidad, transportes terrestres, puertos, aeropuertos, carreteras y autopistas, y su coordinación con las políticas de ordenación territorial de la Secretaría para la Planificación Territorial y las otras administraciones y entes.

c) La definición de la política de los servicios de transporte.

d) El impulso de la gestión del dominio público marítimo terrestre y de la regulación de su régimen económico-financiero en el ámbito de las competencias de la Generalidad, sin perjuicio de las competencias de la Agencia Catalana del Agua.

e) La promoción y el desarrollo de los centros logísticos integrales.

f) La promoción y el fomento de la intervención de otras administraciones públicas y de los agentes económicos y sociales en los planes y los programas incluidos en su ámbito de actuación.

g) La promoción, dirección y coordinación de las políticas de infraestructuras relacionadas con la movilidad y su gestión y ejecución.

h) La coordinación y la dirección en la toma de decisiones sobre la calificación de las obras públicas relacionadas con la movilidad.

i) El ejercicio de las funciones que la normativa vigente atribuya al Delegado del Gobierno en las sociedades concesi...

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